Qué no cubre un seguro de vida
Un seguro de vida es el sinónimo idóneo de protección y tranquilidad. Adquirir uno puede blindar tus planes y los de tu familia a largo plazo. Sin embargo, existen situaciones en las que un seguro de vida no puede servirte de garantía para proteger el futuro y recursos de tu familia. Descubre lo que no cubre tu seguro de vida, y piensa en estas situaciones para garantizar la protección.
Un siniestro provocado por el suicidio no suele estar contemplado por los planes de protección de múltiples aseguradoras. Esto se debe al argumento de que la muerte del asegurado ocurrió de manera intencionada y por voluntad propia.
Sin embargo, algunas aseguradoras sí pueden proteger este hecho. Uno de los requisitos que se contemplan para poder otorgar la suma asegurada a los beneficiarios, es que transcurra un año entre la muerte del asegurado y la contratación del seguro. En caso de que el siniestro ocurra antes de ese plazo, los beneficiarios no recibirán indemnización alguna.
Esta es una de las causas que contemplan la mayoría de las aseguradoras para no proporcionar el pago de la suma asegurada. Los planes de protección excluyen los accidentes o siniestros que tuvieron lugar gracias al consumo irresponsable de alcohol y otros estupefacientes. Si un asegurado tuviese, por ejemplo, un accidente manejando ebrio, que lo dejase inválido, la aseguradora puede determinar no hacer efectivo el plan de protección. Ni el asegurado ni sus beneficiarios obtendrían el respaldo económico de su seguro de vida.
Por otro lado, la póliza queda sin efectos si un siniestro se ocasiona debido a una imprudencia o negligencia por parte del asegurado. De igual forma, si el asegurado decidiera participar en una pelea, y como resultado falleciera, su plan de protección no lo respaldaría.
Por último, otro acto imprudente por el cuál perderías el respaldo de tu seguro de vida, es participar en hechos delictivos, como robos (de cualquier tipo), o secuestros.
De igual forma, un accidente de tráfico puede ser una causa que te aleje de la protección de tu seguro de vida. Cabe aclarar que no en todos los casos un accidente vial no es respaldado por tu seguro de vida.
Los casos en los que un accidente vial puede excluir tu protección, son aquellos en los que el asegurado ocasionó el accidente de manera intencionada y consciente, y además, en las colisiones que se ocasionaron cuando el asegurado se encontraba alcoholizado o bajo el efecto de alguna droga.
Lamentablemente, el hecho de saber anticipadamente que una suma asegurada será entregada, es un motivante de algunos beneficiarios para cometer homicidio. Esta causa de muerte implica que la aseguradora no entregará la suma asegurada, sino que podrá integrar ese recurso económico al patrimonio del asegurado.
Por otro lado, una causa de siniestros que suelen excluir las aseguradoras para otorgar la suma asegurada, es la práctica de actividades de alto riesgo. Por ejemplo, la práctica de deportes extremos como motociclismo, alpinismo o carreras de alta velocidad.
Aunque esta es una causa recurrente para no proporcionar protección, existen planes a la medida de personas que realizan con frecuencia actividades riesgosas. Lo único que se necesita es consultar qué aseguradoras cuentan con estos planes extendidos de protección.
Una aseguradora podría tomar la decisión de no protegerte, si descubre que omitiste información relevante al momento de contratar tu seguro de vida. Esta información va desde padecimientos, hasta hábitos o rutinas que tengas. Si durante tus primeros 2 años de contrato tienes un siniestro y la aseguradora descubre estas omisiones, pueden elegir no proporcionar la indemnización a tus beneficiarios.
Cabe aclarar que para que la aseguradora tome esta decisión no es necesario que el siniestro esté relacionado con la información que omitiste. Por ejemplo, supongamos que eres aficionado a realizar rapel, pero por desgracia sufres un infarto en los días que te preparabas para realizarlo. No declarar que practicabas esta actividad de alto riesgo puede comprometer la entrega de la suma asegurada.
Tu seguro de vida no te protege al ser víctima de un accidente en una aeronave que no esté registrada para el transporte de pasajeros. Por otro lado, si el asegurado fallece en un accidente de helicóptero, tampoco podrán hacer válida la indemnización a sus beneficiarios. Por otro lado, el fallecimiento por un lanzamiento en paracaídas tampoco está cubierto.
Comprender el alcance de tu seguro de vida te hará tomar decisiones más sabias en el día a día. Además, estamos seguros que ahora también estás consciente de los riesgos que implica omitir información al momento de contratar tu seguro de vida.
Adquirir un seguro de vida es protección y seguridad. No permitas que algún hecho aleje a tu familia de estas ventajas. Si te quedaste con dudas, no dudes en escribirnos, queremos cuidarte a ti y a tu familia.
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